Ayer se publicó la Orden EIE 9//2024, de 12 de marzo por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones por la Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja destinadas a la consolidación del trabajo autónomo Riojano, en régimen de concesión directa.
TODAVÍA NO ESTÁ LA CONVOCATORIA PUBLICADA POR LO QUE NO PUEDEN SER SOLICITADAS TODAVÍA, AUNQUE SE ESPERA QUE EN BREVE SE CONVOQUEN PARA CIERTOS GRUPOS DE BENEFICIARIOS.
OBJETO SUBVENCIONABLE: Se subvencionará mediante la concesión de una cuantía fija el desarrollo de una actividad económica o profesional bien por cuenta propia, o bien como socio en una sociedad que desarrolla dicha actividad económica o profesional.
CUANTÍA:
A.-) Autónomos cuya fecha de nacimiento sea igual o anterior a 1964, se fija una cuantía de 2.700 euros.
B-) Autónomos cuya fecha de nacimiento se igual o posterior a 1995, se fija una cuantía de 2.700 euros.
B-) Autónomos cuya fecha de nacimiento esté comprendida entre 1965 y 1994, se fija una cuantía de 2.100 euros.
REQUISITOS:
1. Serán beneficiarios los empresarios y profesionales que desarrollen, bien por cuenta propia o bien a través de una sociedad, actividades empresariales, mineras, industriales, comerciales, de servicios, agrícolas, ganaderas, forestales y pesqueras.
No reunirán la condición de beneficiario los autónomos que desarrollen la actividad a través de una sociedad si la base liquidable general sometida a gravamen de la declaración anual del IRPF correspondiente al último ejercicio cerrado de dicho autónomo supera los 60.000 euros.
2. Además los beneficiarios deberán cumplir los requisitos siguientes:
-Los trabajadores deberán estar dados de alta en RETA, en el momento de la solicitud de la ayuda, debiendo haber estado en dicha situación ininterrumpidamente el año inmediantamente anterior a la presentación de la solicitud.
-Estar dados de alta en el Censo de IAE, con domicilio fiscal en La Rioja, en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda, debiendo haber estado en dicha situación ininterrumpidamente el año inmediatamente anterior a la presentación de la solicitud.
En el caso de que el trabajador autónomo, desarrolle la actividad económica o profesional a través de una sociedad o varias, al menos una de ellas deberá estar dada de alta en el Censo de Actividades Económicas, disponer domicilio social y fiscal en La Rioja, en el momento de la presentación de la solicitud de ayuda y mantener esta situación ininterrumpidamente hasta la fecha de la resolución de concesión y abono.
c) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social en los términos previstos en la legislación estatal y autónomica, así como en relación a los demás recursos de naturaleza pública cuya recaudación corresponda a la C.A.R.
d) Cumplir el resto de requisitos exigidos en las normativas relativas a la normativa general de Subvenciones.
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